jueves, 3 de diciembre de 2009

Aprobada anoche...

La Ley de Reforma Política establece la realización de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para todos los partidos que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos nacionales. Además, los restantes puntos salientes de la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo, son los siguientes:
- El voto será obligatorio y se podrá emitir un voto para una sola agrupación política, a la vez que se eliminan las listas colectoras y espejos.
- Se votará en las elecciones primarias con el mismo padrón que la elección general.
- Sólo podrán participar en las elecciones generales las agrupaciones que hayan obtenido en las primarias el 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos requeridos.
- Se requiere del 4 por mil de afiliados el requisito para el reconocimiento de los partidos políticos.
- Aquellas agrupaciones que no alcancen el 2 por ciento del padrón electoral del distrito que corresponda perderán su personería.
- La elección primaria se realizará el segundo domingo de agosto del año que se realice el comicio general.
- Los fondos correspondientes al aporte de campañas se distribuirán del siguiente modo: el 50 por ciento del monto asignado por el Presupuesto en forma igual a las listas y el otro 50 entre los 24 distritos, en proporción al total de electores.
- Se redujo a 8 días la prohibición para publicar los resultados de encuestas.
- Las boletas para la elección primaria serán divisibles para facilitar el corte.
- Se redujo a 15 días la prohibición de realizar actos inaugurales de obras públicas o promoción de planes y proyectos de
alcance colectivo y otro acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos.
- Se establece la designación de un apoderado y un responsable económico-financiero de cada lista.